24 de diciembre de 2024

Recurso preventivo en obras: ¿Qué formación necesitas?

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En el sector de la construcción hay un mínimo que no es negociable: la seguridad y las garantías que deben tener los trabajadores a la hora de estar operativos en una obra. Este factor involucra, también, a los recursos preventivos, quienes tienen un papel clave para asegurar que los riesgos estén controlados y las medidas de seguridad en ambientes con riesgos elevados. 

Y es que la figura del recurso preventivo la dispuso la Ley 54 de 2003, que supuso la reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales, en donde se estipulan las funciones, la formación necesaria para  desempeñar este rol y las normativas que deben cumplirse.

¿Suena complejo? 

Descuida, sabemos que leer toda la ley puede ser tedioso, por eso, hoy te contamos lo que necesitas conocer en un principio para convertirte en un recurso preventivo para tu empresa. 

¿Qué es un recurso preventivo en obras?

Los recursos preventivos son las personas que designa la empresa y que se encuentran capacitadas con cierto nivel de formación en prevención de riesgos laborales. Su finalidad es supervisar y vigilar que las medidas preventivas se cumplan en el lugar de trabajo, en mayor medida en los sectores – como la construcción – donde hay mayor peligro para los trabajadores. 

La presencia de esta figura es una medida preventiva complementaria y no puede ser utilizada con el fin de sustituir medidas de protección que sean preceptivas. Es decir, aquellas medidas obligatorias y establecidas por la ley diseñadas para abordar riesgos específicos. 

Asimismo, esto significa que los recursos preventivos, según lo dispone el artículo 32 Bis de la Ley 54 de 2003, no requieren siempre su presencia en la obra, salvo en los casos que lo estipula la misma norma o las situaciones en las que la Inspección de Trabajo así lo requiera debido a las condiciones laborales detectadas.

Funciones del recurso preventivo

El artículo 22 bis del RSP determina las funciones de los recursos preventivos en obras, que van, también, más allá de la simple vigilancia. Revisemos una por una: 

  1. Vigilancia del cumplimiento de las medidas preventivas, verificando que se sigan los procedimientos de seguridad y, aún más importante, que los trabajadores estén correctamente informados y equipados para evitar accidentes. 
  2. Supervisar que los equipos de protección, tanto individuales (EPI) como colectivos, estén disponibles y en buen estado.
  3. Controlar la correcta ejecución de actividades de alto riesgo según los planes de seguridad y la correcta aplicación de los métodos de trabajo. ¿Qué ocurre si detecta que no se está ejecutando correctamente? Puede dar las indicaciones necesarias para cumplir la actividad de manera correcta o informar a la persona responsable de la empresa para adoptar las medidas necesarias.
  4. En casos de emergencia debe estar capacitado para intervenir, coordinar y asistir en las acciones correctivas.  
  5. La norma no le atribuye de forma específica la paralización de los trabajos, a menos que el responsable de la empresa le dé la facultad de interrumpir la actividad. 

Si el recurso preventivo tiene claras sus funciones, el impacto positivo para la empresa se verá reflejado en: 

  • Mayor control de riesgos.
  • Reducción de accidentes de construcción.
  • Cumplimiento normativo asegurado.
  • Mejor clima laboral. 
  • Evitar sanciones por incumplimientos de leyes. 

Qué formación necesita un recurso preventivo en obras

¿Qué formación necesita un recurso preventivo en obras?

Si estás planeando capacitarte para ser un recurso preventivo, debes contar con una formación básica en prevención  de riesgos laborales. Esto lo estipula el artículo 35 del RSP con un mínimo correspondiente a las funciones de nivel básico. Es importante que el recurso preventivo pueda identificar riesgos y aplicar medidas correctivas, siquiera, a un nivel mínimo o, dependiendo de la obra, detectar riesgos específicos gracias a una formación adicional. 

Aspectos clave de la formación: normativas y seguridad laboral

Para ser considerado un recurso preventivo en obras, el artículo 35 del RSP estipula que estas son las condiciones que debe cumplir el trabajador: 

  • Formación básica (nivel 1): duración no inferior a 50 horas (para el sector de la construcción mínimo de 60 horas), en el caso de empresas que desarrollen actividades de riesgo especial, o de 30 horas en los demás casos.
  • Formación complementaria: puede ser necesario una formación adicional de tipo técnico para trabajos específicos como obras en alturas, espacios confinados o manejo de maquinaria pesada. 
  • La formación debe ser homologada por organismos competentes y cumplir con los criterios establecidos.

También, dentro del plan de seguridad en la obra, se deberá tener en cuenta y especificar la formación y capacitación necesaria del recurso preventivo para saber el tipo de formación necesaria que debe tener. 

Técnicas para prevenir riesgos en proyectos de construcción

No solo basta con estar preparados para los incidentes y saber la teoría, sino también saber prevenirlos. El recurso preventivo en la obra tiene que ir un paso por delante de los riesgos: desde el estar atento a la instalación de equipos de protección colectiva hasta la implementación de medidas de seguridad pertinentes a los trabajos que se van a realizar. 

Otros consejos que deberías tener en cuenta:  

  • Identificar y evaluar los riesgos en cada proyecto, esto incluye los accidentes por maquinaria, caídas o exposición a sustancias peligrosas.
  • Si ya tienes una evaluación de riesgos, puedes proceder con la planificación de las medidas preventivas adecuadas. Como puede ser el instalar barandillas o redes de seguridad.

Actualización constante: manteniendo al día tus conocimientos

El recurso preventivo debe estar en constante actualización de las nuevas normativas o estrategias de mitigación de riesgos, para garantizar que los trabajadores estén en un ambiente laboral seguro y cuenten con la información pertinente para evitar lesiones o accidentes a futuro. 

Siendo el sector de la construcción un espacio dinámico que se adapta a nuevas leyes, es primordial estar constante formación, como las organizadas por organismos como la Fundación Laboral de la Construcción, o bien la asistencia a eventos formativos con expertos. Esto te dará un mayor rango de información para implementar en tus obras. 

Asimismo, puedes optar por consultar las publicaciones del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) o las Normas Técnicas de Prevención, con las que tendrás una mayor visión acerca de las mejores prácticas y estudios recientes en prevención de riesgos laborales.  

¿Quién puede ser un recurso preventivo en obras?

Este rol lo puede asumir una persona designada por la empresa, que bien puede ser un trabajador interno, un miembro del servicio de prevención e incluso un trabajador externo con la formación pertinente.  Según el artículo 32 bis de la Ley de PRL, este rol lo pueden desempeñar uno o varios trabajadores, siempre y cuando tengan los conocimientos y experiencia necesaria para vigilar las actividades. Lo mismo ocurre con los miembros del servicio de prevención propio o ajeno de la empresa. 

Formacion en equipo

¿Qué normativas debe cumplir un recurso preventivo en obras?

Existen tres normativas generales que afectan a los recursos preventivos en obras y que debes revisar más en profundidad. Pero, por ahora, mencionamos un pequeño resumen de cada una y los puntos principales: 

Ley 31 de 1995 de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL): 

Una de las más citadas, porque es el marco legal principal que regula la prevención de riesgos laborales en España. Algunos artículos que destacamos de esta ley son: 

  • Artículo 15 – Principios de la acción preventiva. 
  • Artículo 16 – Planificación de la actividad preventiva.
  • Artículo 19 – Formación de los trabajadores.
  • Artículo 34 – Consulta y participación de los trabajadores.

Ley 54/2003 de Reforma del Marco Normativo de la Prevención de Riesgos Laborales:

Ley que incluye a los recursos preventivos en las obras y establece la necesidad de su presencia en situaciones de riesgo para los trabajadores. Los artículos más relevantes son: 

  • Artículo 22 bis. Detalla la función de vigilancia y supervisión de los recursos preventivos y su papel para garantizar las actividades preventivas. 
  • Artículo 32 bis – Presencia de los recursos preventivos y su obligatoriedad en las actividades donde el riesgo sea elevado o lo requiera la Inspección de Trabajo. 

Reglamento de los Servicios de Prevención (Real Decreto 39/1997):

Este es el complemento de las dos leyes anteriores y detalla los niveles de formación y requisitos que deben cumplir los servicios de prevención. Algunos artículos para que tengas en cuenta:

  • Artículo 12 – Sobre la formación preventiva.
  • Artículo 35 – Funciones del nivel básico.
  • Anexo IV – Contenidos de la formación básica.

¿Qué actividades requieren la presencia del recurso preventivo?

La presencia de los recursos preventivos, según la norma vigente, se solicita en las siguientes situaciones:

  • Cuando diversas operaciones se desarrollan de manera simultánea, aumentando la probabilidad de accidentes.
  • Actividades que, por su naturaleza, requieren de vigilancia constante por su nivel de peligrosidad.
  • En casos donde la autoridad laboral (Seguridad Social e Inspección de Trabajo) haya detectado un riesgo laboral y sea necesaria la supervisión del recurso preventivo. 

 Es obligatoria la formación para todos los recursos preventivos en obras.

Al igual, para algunas actividades específicas se suele solicitar el acompañamiento del recurso preventivo. Dentro de estas se incluye: 

  • Trabajos en altura.
  • Manipulación de sustancias peligrosas.
  • Uso de maquinaria pesada.
  • Trabajos en espacios confinados.
  • Labores de demolición.
  • Soldaduras y cortes con llama.

¿Es obligatoria la formación para todos los recursos preventivos en obras?

La respuesta es sí. 

Según el artículo 35 del Reglamento de los Servicios de Prevención (Real Decreto 39/1997), es obligatoria la formación para todos los recursos preventivos y, así como lo dicta la ley, debe cumplirse con los requisitos establecidos, que, como mínimo, establece el nivel básico en prevención de riesgos laborales.